Política KYC
1. Condiciones Generales
El sitio web www.lamabet.com (en adelante, el «Sitio Web») es propiedad y está operado por 3-102-940953 SRL, una sociedad de responsabilidad limitada debidamente constituida e inscrita de conformidad con las leyes de Costa Rica, con número de registro mercantil 3102940953, y con domicilio social en San Pedro, Barrio Dent, Del Centro Cultural Costarricense Norteamericano, San José - Montes de Oca, Costa Rica (en adelante, la «Compañía», el «Operador», «Nosotros» o «Nuestro»).
El Sitio Web está debidamente autorizado y regulado por el Gobierno de la Isla Autónoma de Anjouan, Unión de las Comoras, bajo la Licencia n.º ALSI-152406018-F12. El Sitio Web ha completado satisfactoriamente todos los procedimientos necesarios de cumplimiento normativo y cuenta con la autorización legal para llevar a cabo operaciones de juego, incluidas, entre otras, los juegos de azar y las actividades de apuestas.
www.lamabet1.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet2.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet3.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet4.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet5.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet6.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet7.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet8.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet9.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-play01.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-fun01.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-best.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-game.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-gold.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-play.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-win.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
www.lamabet-vip.com (en adelante denominado el "Sitio web", "Nosotros", "Nos", "Nuestro", "Empresa" u "Operador") ha pasado todos los controles de cumplimiento normativo y está legalmente autorizado para realizar operaciones de juego que involucran todos los juegos de azar y apuestas.
El Sitio Web cumple con estrictos estándares regulatorios, incluidos procedimientos exhaustivos de Conozca a su Cliente (KYC), de conformidad con las leyes y normativas aplicables. Para garantizar que los Clientes estén debidamente informados sobre los procedimientos KYC, la Compañía ha establecido una Política KYC específica (en adelante, la «Política KYC»), la cual está plenamente alineada con la Política de la Compañía para la Prevención y Lucha contra el Lavado de Dinero y la Financiación del Terrorismo.
La Política KYC forma parte integrante de los Términos de Servicio, la Política de Juego Responsable y Autoexclusión, la Política de Bonos, la Política de Privacidad, la Política de Cookies, la Política AML, así como de cualesquiera otras políticas, normas, directrices o códigos de conducta que la Compañía pueda adoptar, modificar o publicar en el Sitio Web periódicamente. Al registrar una Cuenta de Cliente en el Sitio Web, el Cliente reconoce y acepta expresamente quedar obligado por todos dichos documentos, incluidas cualesquiera enmiendas o actualizaciones de los mismos, según se revisen e implementen periódicamente.
Salvo que se indique lo contrario, los términos en mayúscula utilizados en este documento tendrán el mismo significado que se les atribuye en los Términos Generales.
Estas políticas/procedimientos KYC abarcan las siguientes medidas:
2. Due Diligence simplificado (SDD))
2.1 Solo los Clientes individuales verificados podrán acceder y utilizar los servicios del Sitio Web, lo cual seguirá estando sujeto a límites y a un monitoreo continuo en función del nivel de riesgo asignado.
2.2 Con el fin de obtener la verificación, los Clientes individuales podrán ser sometidos a controles por parte de nuestros especialistas.
2.3 Nos reservamos el derecho de verificarle utilizando los servicios y sistemas de verificación de terceros, incluidos Sum&Substance (https://sumsub.com).
2.4 Los solicitantes deberán proporcionar una fotografía tipo selfie, un documento de identidad válido, así como un comprobante de domicilio para que sean verificados por la Compañía.
2.5 Las medidas de Diligencia Debida Simplificada (SDD) quedarán suspendidas cuando la evaluación de riesgo del Cliente cambie y ya no se considere que existe un bajo nivel de riesgo de blanqueo de capitales o financiación del terrorismo (ML/FT). En tales circunstancias, los Clientes que superen satisfactoriamente el proceso de registro podrán utilizar los Servicios del Sitio Web.
3. Debida diligencia mejorada (EDD)
3.1 Se requiere diligencia debida reforzada en aquellas circunstancias que den lugar a un nivel de riesgo global más elevado.
3.2 Al evaluar los riesgos de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo (ML/FT), se tendrán en cuenta los siguientes factores:
- tipos de clientes (PEP — Personas Políticamente Expuestas);
- países o áreas geográficas (países identificados por fuentes fiables como carentes de enfoques adecuados de AML/CTF, tales como las «Jurisdicciones de Alto Riesgo sujetas a un Llamado a la Acción» (Lista Negra) y las «Jurisdicciones bajo Mayor Supervisión» (Lista Gris) del GAFI/FATF);
- transacciones (discrepancias entre la información proporcionada y la información detectada);
- canales de distribución (negocios introducidos por terceros).
3.3 Los Clientes sujetos a Diligencia Debida Reforzada (EDD), a discreción exclusiva de la Compañía, podrán estar obligados a proporcionar una confirmación por escrito sobre el origen lícito de los fondos, incluidos, entre otros, el Origen del Patrimonio (SOW) y el Origen de los Fondos (SOF). En consecuencia, decidiremos si continuamos o damos por terminada la relación comercial con Usted como Cliente.
4. Viaje del cliente
4.1. Registro
Para poder participar en los Juegos ofrecidos por la Compañía, Usted debe registrarse.
En el momento del registro en el Sitio Web, la Compañía recopilará la siguiente información del Cliente:
- Nombre legal completo;
- Dirección permanente completa;
- Número de teléfono;
- Dirección de correo electrónico;
- Fecha de nacimiento;
- Nacionalidad;
En esta etapa, la Compañía examina a los solicitantes en función de las áreas geográficas de operación (detección de dirección IP).
Asimismo, el sistema detectará automáticamente si los datos personales introducidos ya están asignados a otro Cliente.
4.2. Procedimiento de Verificación
La Compañía utiliza procedimientos de identificación de Clientes para validar la identidad real y el comprobante de domicilio. El primer requisito del principio de «conozca a su cliente» a efectos de prevención del blanqueo de capitales es asegurarse de que el Cliente potencial es quien afirma ser.
La Compañía lleva a cabo procedimientos KYC adecuados para todos los Clientes. El objetivo del proceso KYC es garantizar que la Compañía disponga de información suficiente y adecuada para conocer satisfactoriamente con quién está tratando.
La Compañía utiliza procedimientos de identificación de Clientes para validar la identidad real de sus Clientes. Documentar y mantener dichos procedimientos de identificación refuerza la capacidad de la Compañía para prevenir actividades de blanqueo de capitales. Si la Compañía no logra verificar la identidad de un Cliente dentro de un plazo aceptable, todas las actividades de dicho Cliente serán suspendidas y cualquier cuenta abierta será cancelada. Además, la Cuenta del Cliente y los Servicios asociados a dicho Cliente estarán sujetos a un escrutinio más estricto hasta que se lleve a cabo la suspensión y/o el cierre.
Quiénes están sujetos a verificación:
- Los Clientes están sujetos a todos los aspectos de identificación de conformidad con los estándares de Conozca a su Cliente (KYC) y Diligencia Debida del Cliente (CDD);
- Terceros que actúan como proveedores de servicios, tales como proveedores de diversos servicios, propietarios de locales arrendados, bancos, proveedores de servicios de pago, etc.
El procedimiento KYC de la Compañía contempla los siguientes pasos:
- Identificación y verificación del Cliente (Prueba de Identidad);
- Verificación de la dirección del Cliente (Prueba de Domicilio);
- Verificación de la tarjeta de pago del Cliente.
El procedimiento de verificación de identidad y domicilio requiere que los Clientes proporcionen documentos, datos o información de fuentes fiables e independientes, de conformidad con la lista de documentos aprobados.
Si un Cliente potencial o existente se niega a proporcionar la información descrita anteriormente cuando le sea solicitada, o parece haber proporcionado intencionadamente información engañosa, desactivaremos la Cuenta del Cliente y, tras evaluar los riesgos implicados, podremos proceder al cierre de cualquier Cuenta del Cliente existente. En cualquiera de los casos, decidiremos si corresponde informar la situación a las autoridades competentes.
Una vez recibidos los datos personales y los documentos, la Compañía somete a los solicitantes y a los Clientes potenciales a verificaciones frente a las «listas negras» reconocidas a nivel mundial (por ejemplo, OFAC), así como a listas de sanciones y de Personas Políticamente Expuestas (PEP). Los Clientes que tengan la intención de utilizar tarjetas de pago deberán someterse a un proceso de verificación de la tarjeta.
Una vez que un Cliente ha sido aprobado, la Compañía lleva a cabo un proceso integral de supervisión de la actividad del Cliente tras la recepción del Depósito efectuado por el Cliente.
4.2.1. Verificación de identidad (Prueba de Identidad)
El objetivo de la verificación de identidad es establecer lo siguiente respecto del Cliente: nombre(s) y apellido(s), fecha y lugar de nacimiento, nacionalidad y los datos del documento de identidad emitido de conformidad con la legislación del país emisor del documento.
El Cliente que se someta al proceso de verificación deberá proporcionar una copia escaneada o una fotografía del documento original que acredite su identidad. Se aceptará cualquier documento de la siguiente lista:
- Documento de identidad (ambos lados);
- Pasaporte nacional (todas las páginas con datos relevantes);
- Pasaporte (página con fotografía);
- Tarjeta de residencia permanente (ambos lados);
El documento proporcionado para la verificación deberá contener la siguiente información:
- País emisor del documento;
- Número de serie;
- Fecha de emisión;
- Fecha de vencimiento;
- Género del Cliente;
- Nombre del Cliente;
- Apellido del Cliente;
- Fecha de nacimiento del Cliente;
Todas las copias escaneadas o fotografías del documento proporcionado para la verificación deberán cumplir con los siguientes criterios de calidad:
- Las copias escaneadas o fotografías deben realizarse a partir de los documentos originales;
- Las copias escaneadas o fotografías de los documentos deben ser en color;
- Las copias escaneadas o fotografías de los documentos no deben ser editadas mediante software de edición fotográfica;
- Las copias escaneadas o fotografías de los documentos no deben presentar artefactos de escaneo o fotografía, tales como reflejos del flash o desenfoque;
- Las copias escaneadas o fotografías de los documentos deben ser de buena calidad y permitir la clara visualización de los datos del documento.
En la etapa de verificación de identidad, comprobaremos:
- La autenticidad del documento proporcionado por el Cliente, mediante la comparación de las características de seguridad contenidas en el documento con las características de seguridad del documento correspondiente en la base de conocimientos;
- La validez y legalidad del documento, mediante la consulta de registros públicos o el uso de servicios abiertos de terceros, cuando corresponda;
- La copia escaneada o fotocopia para detectar indicios de edición mediante software de edición fotográfica;
- La integridad y exactitud de la información completada por el Cliente en la página de verificación;
- Si el Cliente figura en listas de sanciones, listas de PEP, listas de terroristas y listas negras;
- La comparación de la información del Cliente con la base de datos de clientes existente para detectar registros duplicados.
4.2.2. Verificación de domicilio
La verificación del domicilio consiste en la confirmación de la residencia permanente y/o temporal del Cliente.
El Cliente podrá proporcionar uno de los siguientes documentos como comprobante de domicilio:
- Extracto bancario de la cuenta del Cliente;
- Factura de servicios públicos;
- Documentos fiscales;
- Documento que confirme el registro en la dirección, emitido por las autoridades locales;
- Documentos emitidos por el gobierno u otras autoridades competentes;
- Documentos judiciales.
El documento que confirme la residencia permanente y/o temporal del Cliente deberá contener:
- Nombre completo del Cliente;
- Dirección postal del Cliente;
- Fecha de emisión del documento, que no deberá ser superior a 90 días;
- El documento deberá estar sellado y firmado por un empleado de la organización emisora (cuando corresponda).
Al verificar las direcciones, comprobaremos:
Durante la verificación de la foto selfie, comprobaremos:
- La autenticidad y legalidad del documento proporcionado;
- La copia escaneada o fotocopia del documento para detectar indicios de edición mediante software de edición fotográfica;
- Que el documento contenga todos los datos necesarios;
- La integridad y exactitud de la información completada en la página de verificación;
- Que el nombre del Cliente coincida con el nombre que figura en el documento proporcionado como prueba de identidad;
- Que la fecha de emisión del documento no sea superior a 90 días.
4.2.3. Verificación mediante fotografía tipo selfie
La verificación mediante una fotografía tipo selfie se utiliza para confirmar que los documentos de verificación pertenecen realmente al Cliente en cuestión. El Cliente deberá proporcionar una fotografía de sí mismo sosteniendo el documento utilizado para verificar su identidad (prueba de identidad) junto a su rostro.
La fotografía tipo selfie deberá cumplir con los siguientes requisitos:
- La fotografía debe mostrar al Cliente sosteniendo el documento de verificación;
- El rostro del Cliente debe aparecer completamente dentro del encuadre;
- El Cliente debe sostener el documento en posición vertical y todos los datos del documento deben ser claramente visibles.
Durante la verificación de la foto selfie, comprobaremos:
Durante la verificación de la foto selfie, deberemos verificar:
- Si la persona que aparece en la fotografía es la misma que figura en el documento de identificación;
- Si el documento que aparece en la fotografía tipo selfie es el mismo documento utilizado para la verificación de identidad;
- Que no existan indicios de edición mediante software de edición fotográfica;
- Que las fotografías contengan datos EXIF y que la fecha de creación coincida con la fecha actual.
Nuestra página de registro verifica sus datos a medida que los introduce y le informará si existe algún problema, de modo que pueda realizar las modificaciones necesarias antes de hacer clic en el botón «Registrarse».
Por razones legales, al viajar al extranjero es posible que no pueda acceder a su Cuenta de Cliente.
Es su exclusiva responsabilidad garantizar que la información que proporcione sea verdadera, completa y correcta, y por la presente declara y garantiza a la Compañía que la información proporcionada es verdadera, completa y correcta.
Nos reservamos el derecho de realizar una llamada telefónica al número proporcionado por Usted durante el proceso de registro de su Cuenta, lo cual, a nuestra entera discreción, podrá constituir una parte necesaria del procedimiento KYC. Hasta que se complete la verificación total de su Cuenta de Miembro, no se procesarán Retiros ni pagos (cashouts).
5. Monitoreo de transacciones
Todas las transacciones de los Clientes relacionadas con retiros y depósitos deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- Si la transacción se realiza mediante una tarjeta de pago, el nombre del titular deberá coincidir con el nombre del propietario de la Cuenta del Sitio Web. Esto significa que queda prohibido el uso de tarjetas de pago de terceros.
- Si la transacción se realiza mediante una billetera electrónica, la dirección de correo electrónico de dicha billetera deberá ser la misma que la utilizada por el Cliente al registrar su Cuenta de Cliente en el Sitio Web.
- En caso de que un Depósito se realice desde un instrumento de pago al cual no sea posible devolver los fondos, el Retiro se efectuará a la cuenta bancaria del Cliente o a otro instrumento de pago, siempre que sea posible verificar de manera fiable que dicho instrumento de pago pertenece realmente al Cliente en cuestión.
- La Compañía no retirará fondos que hayan sido depositados por un Cliente a un instrumento de pago perteneciente a otro Cliente.
5.1 Monitoreo continuo
La Compañía mantiene una obligación continua de diligencia para garantizar que el perfil de riesgo del Cliente se mantenga actualizado y sea preciso durante toda la duración de la relación comercial. Esta Diligencia Debida Continua (ODD) incluye la supervisión permanente de toda la actividad transaccional y de juego para identificar patrones que no sean coherentes con el perfil del Cliente (monitoreo transaccional y conductual). Asimismo, la Compañía llevará a cabo revisiones periódicas de la documentación del Cliente y realizará nuevas comprobaciones frente a listas de sanciones, PEP y medios adversos, a fin de garantizar que la información registrada de CDD/EDD siga siendo pertinente y esté actualizada, determinándose la frecuencia de dichas revisiones en función del nivel de riesgo actual del Cliente.
6. Mantenimiento de registros de documentos y datos del Cliente
Los documentos y datos obtenidos durante el proceso de verificación, así como otros datos financieros (incluidos los datos de las transacciones y la documentación de respaldo correspondiente), se almacenan, conservan, comparten y protegen en estricto cumplimiento de:
- La Directiva Europea 2005/60/CE y la Directiva Europea 2018/843 sobre la prevención del uso del sistema financiero para el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, tal como han sido transpuestas al derecho nacional (L188(I)/2007-2018).
- La Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales de Anjouan n.º 008 de 2005.
- El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE («Reglamento General de Protección de Datos» o «RGPD»).
- La Ley de Prescripción de Acciones Legales (Ley 66(I)/2012) de la República de Chipre.
- Las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI/FATF): normas internacionales para la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y de la proliferación (las 40 Recomendaciones del GAFI), que constituyen estándares globales seguidos por las jurisdicciones, incluidas aquellas que operan con licencias de juego en línea.
- La Directiva Europea 2015/849 (Cuarta Directiva contra el Blanqueo de Capitales) y la Directiva (UE) 2018/843 (Quinta Directiva contra el Blanqueo de Capitales), destinadas a armonizar las medidas de prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo en los Estados miembros de la UE.
- Las Resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (UNSCR), que imponen sanciones y medidas preventivas relacionadas con la financiación del terrorismo y otras actividades delictivas, y que son de obligado cumplimiento para todos los Estados miembros, incluidos los países de la Unión Europea.
- El Convenio del Consejo de Europa sobre el blanqueo, la detección, el embargo y la confiscación de los productos del delito (CETS n.º 198), que establece un marco normativo integral en materia de blanqueo de capitales y recuperación de activos.
- El Reglamento (UE) n.º 258/2012 sobre la aplicación de sanciones internacionales y el Reglamento (CE) n.º 2271/96 del Consejo relativo a la protección contra la aplicación extraterritorial de legislación extranjera, en particular en lo referente al bloqueo de transacciones y a la prevención de la transferencia ilícita de activos financieros.
- Los marcos de lucha contra el blanqueo de capitales (AML) y la financiación del terrorismo (CFT) del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial, utilizados por las jurisdicciones para garantizar el cumplimiento de los estándares financieros internacionales en materia de prevención del blanqueo de capitales.
- La Ley sobre el Producto del Delito (Proceeds of Crime Act, POCA) de 2002 y la Ley contra el Terrorismo de 2000 del Reino Unido (para operadores que interactúan con residentes del Reino Unido o realizan transacciones que involucren al Reino Unido).
- El Reglamento (UE) 2016/2231 del Consejo, relativo a la regulación de sanciones internacionales relacionadas con delitos financieros, incluidos el blanqueo de capitales, la financiación del terrorismo y la financiación de la proliferación de armas.
- El Reglamento (UE) 2015/847 sobre la información que acompaña a las transferencias de fondos, que establece requisitos para los operadores de juego en línea que participan en transacciones financieras, a fin de garantizar el cumplimiento de AML/CFT en los pagos transfronterizos.
- La Ley de Prescripción de Acciones Legales (Ley 66(I)/2012) de la República de Chipre.
- La Política de Privacidad del Sitio Web.
7. Contacta con nosotros
7.1 Si tiene alguna pregunta sobre nuestra Política KYC, contáctenos por correo electrónico: support@lamabet.com
7.2 Si tiene alguna queja sobre nuestra Política KYC o sobre las verificaciones realizadas en su Cuenta de Cliente y Su persona, comuníquese con nosotros por correo electrónico: support@lamabet.com
7.1 Si tiene alguna pregunta sobre nuestra Política KYC, contáctenos por correo electrónico: support@lamabet10.com
7.2 Si tiene alguna queja sobre nuestra Política KYC o sobre las verificaciones realizadas en su Cuenta de Cliente y Su persona, comuníquese con nosotros por correo electrónico: support@lamabet10.com